
El Gobierno del Estado de Colima, convoca a participar en el Programa para el Desarrollo de la Industria del Software(PROSOFT)
MECANISMO FORMAL PARA LA RECEPCIÓN, EVALUACIÓN Y CRITERIOS DE SELECCIÓN DE PROYECTOS
RECEPCIÓN
a.Las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) 2010.
b. Podrán ser sujetos de apoyo del Programa PROSOFT, los beneficiarios que, como mínimo cubran la siguiente información:
i. Quienes pueden acceder a los apoyos.
El PROSOFT tiene cobertura nacional y su población objetivo son las empresas del sector de TI y por ende de la industria de software y servicios relacionados, las que realizan como actividad económica alguna de las siguientes:
I. Las personas físicas con actividad empresarial o las Personas Morales del Sector de TI;
II. Los organismos, agrupamientos empresariales, empresas integradoras y asociaciones civiles del sector de TI;
III. Las instituciones académicas y los Emprendedores de este sector económico;
IV. Los organismos públicos, privados o mixtos sin fines de lucro entre cuyos objetivos se encuentre el desarrollo del Sector de TI, y
V. Los usuarios de TI.
Se consideran empresas del sector de TI y por ende de la industria del software y servicios relacionados, las que realizan como actividad económica alguna de las siguientes:
I. Desarrollo de software empaquetado;
II. Desarrollo de software de sistema y herramientas para desarrollo de software aplicativo;
III. Desarrollo de software aplicativo;
IV. Servicios de consultoría de software;
V. Servicios de mantenimiento y soporte de sistemas computacionales;
VI. Servicios de análisis de sistemas computacionales;
VII. Servicios de diseño de sistemas computacionales;
VIII. Servicios de programación de sistemas computacionales;
IX. Servicios de procesamiento de datos;
X. Servicios de diseño, desarrollo y administración de bases de datos;
XI. Servicios de implantación y pruebas de sistemas computacionales;
XII. Servicios de integración de sistemas computacionales;
XIII. Servicios de mantenimiento de sistemas computacionales y procesamiento de datos;
XIV. Servicios de seguridad de sistemas computacionales y procesamiento de datos;
XV. Servicios de análisis y gestión de riesgos de sistemas computacionales y procesamiento de datos;
XVI. Procesos de negocio basados en el uso de sistemas computacionales y comunicaciones;
XVII. Servicios de valor agregado de análisis, diseño, desarrollo, administración, mantenimiento, pruebas, seguridad, implantación, mantenimiento y soporte de sistemas computacionales, procesamiento de datos y procesos de negocio;
XVIII. Servicios de capacitación, consultoría y evaluación para el mejoramiento de la capacidad humana, aseguramiento de la calidad y de procesos de las empresas del Sector de TI;
XIX. Servicios de administración de procesos de negocio basados en tecnologías de información que incluyen entre otros centros de llamado, centros de contacto, administración de nóminas, carteras, cobranza, líneas de producción, entre otros;
XX. Desarrollo de software embebido (embedded software), y
XXI. Medios interactivos basados en tecnologías de información:
- Desarrollo o creación de entretenimiento interactivo;
- Servicios especializados de diseño;
- Animación;
- Tecnologías de compresión digital;
- Efectos visuales;
- Televisión interactiva, y
- Cualquiera otra nueva tecnología que el Consejo Directivo determine.
ii. Documentación jurídica que deberán presentar los interesados
Requisitos:
-
Que esté legalmente registrado o constituido conforme a la legislación mexicana;
-
Que el Apoyo se solicite dentro del tiempo de duración de la convocatoria a través de la Solicitud de Apoyo en las direcciones www.software.net.mx y/o www.prosoft.economia.gob.mx, adjuntando en forma electrónica la documentación soporte del proyecto y la documentación jurídica correspondiente;
-
Que el proyecto para el que soliciten Apoyo, cumpla con las características establecidas en las Reglas de Operación y en los Criterios de Operación aprobados por el Consejo Directivo;
-
Que soliciten Apoyos por proyecto, sin rebasar los montos y porcentajes máximos establecidos en el Anexo A de las Reglas de Operación, pudiendo solicitar más de uno de ellos. Cualesquiera otra erogación cuyo concepto no se encuentre descrito en el Anexo A deberá estar expresamente mencionado en el proyecto y podrá ser aprobada por el Consejo Directivo;
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Que no estén recibiendo Apoyos de otros programas federales para el mismo concepto, que impliquen sustituir su aportación o duplicar Apoyos o subsidios conforme a lo establecido en las Reglas de Operación;
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Que se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones en caso de haber solicitado Apoyos a éste o cualquier otro fondo o programa de la SE, independientemente de la entidad federativa en que se haya comprometido a ejecutar el proyecto;
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Los rubros y montos por conceptos de gasto aplicables en los que podrá incurrir un proyecto con recursos del PROSOFT se listan en Anexo A de las Reglas de Operación;
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Que todas las erogaciones efectuadas durante la vigencia del proyecto estén directamente relacionadas con el objetivo del mismo;
-
Se deberán presentar al menos tres cotizaciones equiparables para la selección de proveedores que lleven a cabo los componentes del proyecto, debiendo el beneficiario seleccionar aquella que en razón de calidad y precio sea la más conveniente para la realización del mismo.
DOCUMENTACIÓN PARA ALTA COMO BENEFICIARIO
Para personas físicas con actividad empresarial, presentar copia de los siguientes documentos:
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Identificación Oficial del representante legal (IFE, Pasaporte, Cédula profesional o FM3).
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Cédula del RFC
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Cédula Unica del Registro de Población (CURP)
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Comprobante de domicilio (Debe coincidir con el que aparece en la solicitud, así como el nombre de la persona moral).
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Respuesta del SAT de Solicitud de no Adeudos Fiscales (Art. 32D de la Miscelánea Fiscal)
Para personas morales, presentar copia de los siguientes documentos:
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Cédula RFC
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Escritura pública otorgada ante Notario Público en la que conste la constitución de la empresa conforme a la legislación mexicana y en donde el objeto se refiera a las actividades económicas de alta tecnología establecidas en el PROSOFT
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Escritura pública otorgada ante Notario Público en la que conste el poder para Actos de dominio o administración del representante legal, que es la persona con la que se firmará el convenio en el caso de ser aprobado el proyecto.
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Comprobante de domicilio (Debe coincidir con el que aparece en la solicitud, así como el nombre de la empresa)
-
Identificación Oficial del representante Legal (IFE, Pasaporte, Cédula profesional o FM3)
-
Respuesta del SAT de Solicitud de no Adeudos Fiscales (art. 32D de la Miscelánea Fiscal)
iii. Presentación de las solicitudes de apoyo (solicitud de apoyo, docto soporte)
Solicitud de Apoyo: es el formato de presentación de proyectos para solicitar el apoyo del Prosoft, conforme a lo establecido en las Reglas de Operación
Proceso de la autorización de las Solicitudes de Apoyo:
1. Llenado de la solicitud de apoyo
2. Aprobación de la solicitud de apoyo por el Organismo Promotor
3. Envío de la solicitud a PROSOFT
4. Evaluación de proyectos en DGDEON
5. Dictamen de evaluación en DGDEON
Lic. Silvia Esperanza García Dozal, M.MT.
Jefa de Fondos Federales
gdozal@col.gob.mx
Edificio “A”, piso 2
Complejo Administrativo de Gobierno del Estado
Av. Ejército Mexicano esq. 3er. Anillo Periférico
Lunes a Viernes
09:00 a las 16:00 hrs.
Las solicitudes de apoyo recibidas con posterioridad a la fecha de cierre del periodo de recepción, no implicarán ninguna responsabilidad para la Secretaría de Fomento Económico, la Secretaría de Economía, la Subsecretaria de la Pequeña y Mediana Empresa (SPyME), los miembros del Consejo Directivo, u otras instancias que intervengan en el proceso.
REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD
I. Estén legalmente constituidos conforme a la legislación mexicana;
II. Soliciten apoyos por proyecto sin rebasar los montos y porcentajes máximos establecidos por beneficiario y por rubro específico de gasto, pudiendo solicitar más de un rubro de gasto conforme a lo señalado en la regla 9 y el Anexo A, sin perjuicio de la posibilidad establecida en la regla 10 del presente ordenamiento;
III. Estén al corriente de sus obligaciones fiscales, conforme al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, presentando opinión conforme a la Regla II.2.1.7. de la “Resolución Miscelánea Fiscal para 2009”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de abril de 2009;
IV. No estén recibiendo apoyos de otros programas federales para el mismo concepto, que impliquen sustituir su aportación o duplicar apoyos o subsidios conforme a lo establecido en las presentes Reglas de Operación;
V. Tratándose de Beneficiarios de ejercicios anteriores de este u otros fondos o programas de la SE, estén al corriente con las obligaciones a su cargo para que nuevamente sean elegibles de apoyo en el presente ejercicio fiscal;
VI. En el caso de la población objetivo definida en el Grupo III, deberán demostrar su vinculación con entes del Grupo I mediante la presentación de convenios y contratos.
Bajo ningún concepto podrán ser Beneficiarios del PROSOFT los servidores públicos de la SPyME, de las Delegaciones o en general de la SE, de las Secretarías de Desarrollo Económico o su equivalente de las Entidades Federativas, así como sus cónyuges o parientes consanguíneos y las demás personas que al efecto se refieran en las legislaciones federal y estatales aplicables en materia de responsabilidades de los servidores públicos.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
- Cumplan con los requisitos de elegibilidad previstos en la regla 5 del presente instrumento;
- El proyecto para el que soliciten apoyo, esté alineado con los objetivos del PROSOFT, es decir que atienda las fallas de mercado y con ello:
a) Impulse la capacitación especializada y la certificación de las capacidades del capital humano;
b) Estimule la realización de estudios asociados a la aplicación industrial de productos y procesos innovadores;
c) Promueva la realización de estudios para aumentar la eficiencia en las decisiones de compra de maquinaria, insumos y servicios de alta especialización;
d) Facilite el acceso a información especializada de la situación actual en los mercados y de sus tendencias tecnológicas, productivas y de demanda, y
e) Contribuya a resolver fallas de coordinación entre instituciones académicas y de investigación con las empresas.
- Las solicitudes de apoyo serán evaluadas a través de la Secretaría de Fomento Económico y el Consejo Directivo del PROSOFT
- La Secretaría de Fomento Económico evaluará cédulas los primeros jueves de cada mes
PUBLICACIÓN DE RESULTADOS
Los resultados emitidos de la Secretaría de Fomento Económico serán publicados en la página: http://www.sefome.gob.mx/prosoft.php
Se publicará el listado completo de las solicitudes de apoyo recibidas en la página electrónica http://www.sefome.gob.mx/prosoft identificando aquellos que fueron seleccionados por la Secretaría de Fomento Económico a ser enviados al Comité Directivo de la Secretaría de Economía con la siguiente información;
No. Solicitante RFC CURP Monto solicitado al PROSOFT Monto total del proyecto Resolución Secretaría de Fomento Económico Resolución PROSOFT.
Nota 1: La resolución puede ser: Seleccionado, rechazado, cancelado o en proceso de evaluación.
Nota 2: En caso de ser rechazado se debe de incluir las causas o motivos del rechazo.
Nota 3. La resolución puede ser: Aprobado, rechazado, cancelado o en proceso de evaluación.
La resolución final será informada de la misma manera.
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