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El Gobierno del Estado de Colima a través de la Secretaría de Fomento Económico conjuntamente con la Secretaría de Economía dan a conocer las bases y lineamientos del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) 2012.
Objetivo General:
Contribuir al desarrollo del sector de tecnologías de la información buscando su crecimiento en el largo plazo en el país favoreciendo la competitividad nacional e internacional.
Reglas de Operación 2012
SERÁN BENEFICIARIOS DEL PROSOFT
- Las personas físicas con actividad empresarial y personas morales constituidas conforme a la legislación mexicana, que realizan actividades clasificadas en las siguientes subramas o clases de actividad económica previstas en el SCIAN:
51121 |
Edición de software y edición de software integrada con la reproducción |
51219 |
Servicios de postproducción y otros servicios para la industria fílmica y del video |
51211 |
Producción de películas, programas para la televisión y otros materiales audiovisuales |
51821 |
Procesamiento electrónico de información, hospedaje y otros servicios relacionados |
54151 |
Servicios de diseño de sistemas de cómputo y servicios relacionados |
561422 |
Servicios de recepción de llamadas telefónicas y promoción por teléfono |
N/A |
Cualquiera otra actividad que el Consejo Directivo determine |
- Los organismos, agrupamientos empresariales, empresas integradoras y asociaciones civiles, así como la cámara del sector de TI;
- Las instituciones académicas con carreras afines del sector de TI;
- Los organismos públicos, privados o mixtos sin fines de lucro entre cuyos objetivos se encuentre el fomento del sector de TI, y
- Las personas físicas con actividad empresarial y personas morales constituidas conforme a la legislación mexicana que pretendan adoptar o facilitar la producción de productos y/o servicios de TI generados en el país por empresas del sector de TI conforme a lo previsto en la Regla 4.5.5.1., de las Reglas de Operación 2012.
REQUISITOS PARA SER BENEFICIARIO
a) Ser parte de la población
objetivo |
Documentación jurídica que confirme que cumple con lo establecido en
alguno de los incisos de la Regla 4.1.2. |
b) Estar al corriente en sus
obligaciones ante el
PROSOFT |
En caso de haber sido un Beneficiario del PROSOFT, previamente, se
deberá estar al corriente en sus obligaciones.
Asimismo, no haber recibido una recomendación de suspensión de otros
apoyos del PROSOFT por parte del Consejo Directivo.
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c) Contar con clave de
acceso al Sistema del
fondo |
Tramitar o renovar la clave de acceso directamente en el Sistema del
fondo. |
d) Presentar su
documentación jurídica |
Se deberá ingresar al Sistema del fondo la documentación jurídica
necesaria para poder suscribir los instrumentos jurídicos
correspondientes.
En caso de haber sido Beneficiario del fondo PROSOFT y que la
información registrada en el sistema esté actualizada, bastará con
señalar, a través del propio sistema, que se ha validado la información y
que no existen cambios a través del mismo sistema.
No se podrán someter Solicitudes de Apoyo en caso de no contar con
esta información completa y actualizada en el sistema.
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e) Ingresar la Solicitud de
Apoyo a través de un
Organismo Promotor
autorizado |
Se deberá enviar la Solicitud de Apoyo mediante un Organismo Promotor
autorizado y a través del Sistema del fondo, conforme a lo establecido en
el Anexo B.
Dicha Solicitud de Apoyo deberá ser debidamente llenada,
anexando los documentos correspondientes.
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f) Invertir en el proyecto
propuesto |
La aportación del solicitante al menos debe representar 50 por ciento de la
inversión total del proyecto, salvo los casos previstos en la Regla 4.5.2
inciso d. |
g) No duplicar apoyos
federales y no incumplir
disposiciones de la
Secretaría |
El representante legal deberá suscribir carta bajo protesta de decir verdad,
que no se han recibido apoyos de otros programas federales para el
mismo concepto, que impliquen sustituir su aportación o duplicar apoyos,
además deberá incluir, en dicha carta, que no está en incumplimiento de
alguna disposición cuya aplicación competa a la Secretaría.
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h) Estar al corriente en el
cumplimiento de sus
obligaciones fiscales |
Conforme a lo previsto en el artículo 32-D del Código Fiscal de la
Federación y en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2011, publicada en
el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio 2011 o la que sustituya a
esta última.
La Instancia Ejecutora podrá establecer mecanismos de coordinación con
el SAT para solicitar información al respecto.
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i) No formar parte de las
estructuras que
administran y canalizan
los apoyos |
Los Beneficiarios del PROSOFT bajo ningún concepto podrán ser
servidores públicos de la Subsecretaría, de las Delegaciones Federales o
de cualquier otra área de la Secretaría, de las dependencias que funjan
como Organismos Promotores en las Entidades Federativas, así como
sus cónyuges o parientes por afinidad o consanguinidad y las demás
personas que al efecto se refieran en las legislaciones federal y estatales
aplicables en materia de responsabilidades de los servidores públicos. |
j) Cumplir con los tiempos y
los procedimientos
previstos |
Se deberán cumplir con los tiempos y con los procedimientos previstos en
las presentes Reglas de Operación, así como con lo establecido por el
Consejo Directivo. |
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DOCUMENTACIÓN PARA DAR DE ALTA AL BENEFICIARIO:
Para personas físicas con actividad empresarial, presentar copia de los siguientes documentos:
- Identificación Oficial del representante legal (IFE, Pasaporte, Cédula profesional).
- Cédula del RFC
- Cédula Única del Registro de Población (CURP)
- Comprobante de domicilio (Debe coincidir con el que aparece en la solicitud, así como el nombre de la persona moral).
Para personas morales, presentar copia de los siguientes documentos:
- Cédula RFC
- Escritura pública otorgada ante Notario Público en la que conste la constitución de la empresa conforme a la legislación mexicana y en donde el objeto se refiera a las actividades económicas de alta tecnología establecidas
- Escritura pública otorgada ante Notario Público en la que conste el poder para Actos de dominio o administración del representante legal, que es la persona con la que se firmará el convenio en el caso de ser aprobado el proyecto.
- Comprobante de domicilio (Debe coincidir con el que aparece en la solicitud, así como el nombre de la empresa)
- Identificación Oficial del representante Legal (IFE, Pasaporte, Cédula profesional)
- Registro Público de la Propiedad
CRITERIOS DE SELECCIÓN DE BENEFICIARIOS:
- Cumplir con los requisitos previstos en la Regla 4.3.2; de las Reglas de Operación 2012
- Que cumpla con lo previsto en las convocatorias que emita el Consejo Directivo;
- Se dará prioridad a aquellas solicitudes que:
- Fortalezcan al sector de TI en su conjunto, ya sea a nivel país o región,
- Generen o mejoren empleos de alta especialización y creen sinergias en los equipos de trabajo,
- Mejoren los niveles de madurez o capacidad de procesos,
- Fomenten la innovación,
- Desarrollen una vocación estratégica dentro del sector de TI,
- Faciliten el cumplimiento de lo previsto en el proyecto con el Banco Mundial, y
- Que al momento de someterse la Solicitud al Consejo Directivo se cuente con disponibilidad presupuestal en el PROSOFT.
FECHA DE RECEPCIÓN DE CÉDULAS:
Del 13 de enero al 19 de abril del 2012 *
Se realizarán 3 cortes en la convocatoria
1ro. Febrero 12
2do. Marzo 20
3ro. Abril 19
* Apertura sujeta a validación del Consejo Tecnico del Prosoft
PUBLICACIÓN DE RESULTADOS
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Los resultados emitidos de la Secretaría de Fomento Económico serán publicados en la página: http://www.sefome.gob.mx/prosoft.php
Se publicará el listado completo de las solicitudes de apoyo recibidas en la página electrónica http://www.sefome.gob.mx/prosoft.php identificando aquellos que fueron seleccionados por la Secretaría de Fomento Económico a ser enviados al Comité Directivo de la Secretaría de Economía con la siguiente información;
No. |
Solicitante |
RFC |
CURP |
Monto Solicitado |
Monto Total del Proyecto |
Resolución OP |
Resolución Prosoft |
Nota 1: La resolución puede ser: Seleccionado, rechazado, cancelado o en proceso de evaluación.
Nota 2: En caso de ser rechazado se debe de incluir las causas o motivos del rechazo.
Nota 3. La resolución puede ser: Aprobado, rechazado, cancelado o en proceso de evaluación.
La resolución final será informada de la misma manera.
CONTACTOS:
Lic. Silvia Esperanza García Dozal, M.MT.
Jefa de Fondos Federales
(01-312) 316-2000, ext. 2451
gdozal@col.gob.mx
Ing. Jaime A. Cervantes Gutiérrez
(01-312) 316-2000, ext. 2451
jcervantesg@col.gob.mx
Edificio “A”, piso 2
Complejo Administrativo de Gobierno del Estado
Av. Ejército Mexicano esq. 3er. Anillo Periférico
Lunes a Viernes
09:00 a las 16:00 hrs. |